Bufete Rosales Abogados explica cómo reclamar las tarjetas revolving

Según el Tribunal Supremo: “Basta con que el interés estipulado sea notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado para que el crédito concedido a través de una tarjeta revolving sea considerado usura, abusivo y, por lo tanto, nulo…”

Como consecuencia, los Tribunales condenan a las entidades a devolver al consumidor las comisiones e intereses pagados de más durante toda la vida útil del crédito.

Muchos usuarios tienen dudas acerca de si poseen una tarjeta revolving. Para saber si se tiene una tarjeta revolving es importante fijarse en el tipo de interés, si este es superior al 20% se considera abusivo y por tanto es reclamable. Además, habrá que fijarse en la forma de comercialización de esta tarjeta. Las tarjetas revolving, generalmente, han sido comercializadas de forma rápida, sin un estudio previo de la solvencia del cliente y sin informar adecuadamente al consumidor, por lo que se considera que existe falta de transparencia en su comercialización.

Por ello, reclamar las tarjetas revolving es posible, recuperando todos los intereses y comisiones pagados de más.

Muchos afectados se preguntan cómo reclamar una tarjeta revolving. Es un proceso sencillo, pero se recomienda ponerse en contacto con un despacho de abogados experto en reclamaciones bancarias, como es Bufete Rosales, que se encargue de estos trámites. El primer paso será presentar una reclamación extrajudicial al servicio de Atención al Cliente de la entidad emisora de la tarjeta revolving. Si no se obtiene respuesta o se oponen a la devolución de los intereses pagados de más se deberá presentar una demanda ante los juzgados competentes.

En cuanto a los documentos necesarios para la reclamación de una tarjeta revolving, el cliente deberá poseer el contrato con la entidad emisora del crédito, las liquidaciones o recibos, el poder notarial y el cuadro de amortización. Si carece de alguno de estos podrá solicitarlos a su entidad y esta se los facilitará, ya que están obligados por ley a hacerlo.

Las tarjetas revolving no solo han sido comercializadas por entidades bancarias como WiZink, CaixaBank o Cetelem, si no que algunos grandes comercios como Ikea, Carrefour o Alcampo también han comercializado estos créditos y es posible reclamarlos.

La nueva normativa contra “la usura” de 2021 obliga a proporcionar más transparencia en la comercialización de estos créditos, tanto en la firma del contrato como en la vida del crédito. Además, obliga a las entidades cuando conceden un crédito superior a los 1.000€ a informar al Banco de España.

Por estos motivos, recomendamos que los usuarios que posean alguna tarjeta revolving se pongan en contacto con un despacho de abogados especializado en la reclamación de estos productos bancarios y reclamen los intereses y comisiones que han estado pagando de más. Muchos consumidores ya han recuperado su dinero. 

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